El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia: la presentadora Eva González deberá hacer frente al pago de una multa de 85.000 euros por un delito de evasión de impuestos, tal y como ha revelado la revista ‘Diez Minutos’.
Es la mencionada publicación la que asegura que la presentadora utilizó una sociedad, en lugar de hacerlo a través del IRPF correspondiente, para tributar sus ingresos de los ejercicios, 2008, 2009 y 2010. De este modo, se le reclama a la presentadora el pago de 63.680 euros en concepto de liquidación y 21.544 más por la correspondiente sanción.
Ya había adelantado el diario ‘Las Provincias’ que Eva se había servido de Maivana Producciones, de la que es socia y administradora única, para realizar este movimiento durante el periodo indicado y, ahora, la sentencia indica que, el único fin, era «evitar la tributación que le correspondía a su socia». De este modo, no cumplía con la obligación, como autónoma, de depositar el 48% de sus ingresos en la Agencia Tributaria.
«La sociedad no aporta, a juicio de la Inspección, prácticamente valor añadido alguno a la actividad económica realizada por la persona física. No aporta valor añadido a la prestación del servicio, no siendo más que un instrumento para evitar la tributación», se puede leer en esa sentencia en la que se dice, además, que el beneficio que obtenía González era «obvio».
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